DECLARACIONES BASICAS DE UN AUTONOMO
Un autónomo tiene declaraciones basicas por regla general, hay escepciones.
Primero de todo darse de alta en el censo, modelo 036
Este modelo 036, informaras de la caracteristicas de la actividad, dependiendo del epigrafe tendras diferentes puntos a cumplimentar.
En comun tienes datos fiscales (N.I.F/N.I.E.,dirección fiscal, epigrafe, regimen fiscal).
Si ejerces en tu domicilio o en un local, tendras que espeficar los metro cuadrados afectados a la actividad.
Modelo 130
Pagos fraccionado del IRPF.
En esta declaracion trimestral de ingresos y gasto sin IVA, van a pagar el 20% de la diferencia a cuenta de la declaración de la renta.
Los plazos son
- 1T: del 1 al 20 de abril, ambos incluidos.
- 2T: del 1 al 20 de julio, ambos incluidos.
- 3T: del 1 al 20 de octubre, ambos incluidos.
- 4T: del 1 al 30 de enero, ambos incluidos.
Los autónomos que apliquen en sus facturas más del 70% de facturas con retención, no tendran que presentar este modelo. Esta retención estaran obligadas para otros profesionales, empresas.
Otra cosa a destacar es que este modelo no se declara solo lo del trimestre natural en si, ecepto el primero, llamado 1T, sino el acumulado, es decir, en el segundo trimestre natural se declara el 1T y el 2T, con la salvedad que en el nombrado 2T tiene un apartado que pone lo pagado en 1T que se restara de lo deberias pagar en este trimestre y asi sucesivamente para el 3T y 4T.
Si estas en estimación directa simplicada, de la diferencia de ingresos y gastos, se acogeran la mayoria de los autónomos, siempre y cuando el ejercicio anterior tengan un volumen de negocio no supere los 500.000.-€, tambien la amortización del inmovilizado material, que no estan destinado a la venta, terrenos y bienes naturales, Construcciones, Instalaciones Técnicas, Maquinarias, Utillaje, etc. Esta amortización se practican de forma lineal, en función a las tablas, de forma constante durante la vida util del elemento.
Se le sumara un 5% en concepto de gastos de dificil justificación,a los gastos del resultado del acumulado de ingresos y gastos y despues se calculara el 20% al rendimiento, restandole las retenciones aplicada si es el caso y lo pagado en el modelo de anteriores de pago fraccionado, lo que resulte, sera el pago que tienes que efecturar en ese trimestre. (siempre y cuando el resultado de ingresos y gastos sea positivo).
Otro de los modelo a presentar en general, es el modelo 115, este modelo es si tiene un local en el cual ejercer la actividad y incluye la retención del 19%, se presenta trimestral y es parte de la cuota de alquiler, que retrasas el pago 3 meses.
En cuanto al modelo 111, este modelo es la declaración para ingresar el IRPF, que han practicado durante el trimeste a trabajadores, profesionales o empresarios. Es decir, como las retenciones practicadas a los profesionales o trabajadores que hayas tenido durante el periodo.
Ahora hablaremos del modelo 303, como antes deciamos en el modelo 130 que se hacia el 20% del rendimiento neto entre ingresos y gastos, en este modelo calcularemos entre las facturas emitidas (Las que nosotros enviamos a nuestros clientes, menos las que nos envian, proveedores o acreedores), es decir. El IVA Repercutido menos el Soportado da un resultado, si es positivo se tiene que pagar y si es negativo, salgo en el nombrado 4T tiene que ir compensando, solo en el nombrado ultimo trimestre es cuando se puede solicitar la devolución. La única excepción a la hora de presentar el modelo 303 son aquellas actividades exentas de IVA, en estos caso dicho impuesto sera gasto deducible.
En caso puntuales, tendremos que presentar el modelo 349, este modelo es una declaración informtiva, en el que se detallara todas las operaciones intracomunitarias, aquellas compraventas de bienes o servicios a empresa o profesionales que están en otros estados miembros de ula UE. Para ello tendras que especificarlo expresamente en el modelo 036, como todo lo anterior, para que te concedan el CIF intracomunitarios o tecnicamente el ROI (Registro de Operaciones Intracomunitarias).
Por último mencionaremos el modelo 347, es una declaración informativa anual, que recoge el total de operacioes con clientes y/o proveedores, siempre el conjunto de dichas operaciones superiores a 3.005,06 € anuales incluyendo el IVA, separadas por trimestres.
Para más información puede contactar con Asesoría Rubio a través de la página www.asesoriarubio.es por correo info@asesoriarubio.es o en el núm. de teléfono 610.25.82.89. En cualquier caso esta información no es vinculante.
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