Las viviendas se pueden alquilar de diversas maneras y con distintos fines, esta elección le corresponde realizarla al propietario, que elegirá la más beneficiosa para  él. Los inquilinos optarán también por escoger el tipo de alquiler que más les compense en ese momento.

 

La responsabilidad de pagar la factura de internet va a depender del tipo de alquiler ante el que se encuentre el inquilino. Es muy habitual para aquellos que nunca han alquilado una vivienda no saber con exactitud qué gastos corresponden al propietario, y cuáles a ellos.

 

Por este motivo, se explicará qué tipos de alquiler se pueden realizar de una vivienda y quién paga la factura del internet en casa caso.

 

Tipos de alquiler de vivienda:

 

  1. Alquiler para una larga estancia
  2. Alquiler por habitaciones o compartido
  3. Alquiler turístico o vacacional

 

¿A quién le corresponde pagar la factura de internet, propietario o inquilino?

Los propietarios pueden alquilar sus segundas viviendas como éstos quieran y bajo las condiciones que prefieran, a continuación se va a explicar brevemente quién es el responsable de la factura de internet en los alquileres de larga estancia.

 

Este tipo de alquileres están destinados a aquellos que buscan permanecer en una vivienda por varios años seguidos. Los inquilinos son responsables de pagar la factura de internet.

 

A pesar de que los inquilinos sean quienes deben hacerse cargo de esta factura, puede que este servicio ya esté contratado por el propietario (aspecto que tienen que saber los inquilinos previamente a firmar el contrato). El precio total de lo que cueste la factura debe ser abonado por los inquilinos a su propietario, siguiendo los términos que se hayan establecido en el contrato de alquiler.

 

Si la vivienda no tiene el servicio contratado, la única diferencia es que los inquilinos tienen la libertad para contratar la tarifa que quieran con la operadora que prefieran, pudiendo observar y comparar cuál es la mejor oferta de fibra, fijo, móvil y televisión y escogiendo la más beneficiosa para ellos.

 

No obstante, sea cual sea la forma en la que se alquila una vivienda, tenga o no contratado ya este servicio, la responsabilidad de pagar la factura siempre será de los inquilinos, ya que son éstos quienes hacen uso del servicio.

 

¿Qué ocurre en un alquiler turístico o vacacional?

Este tipo de alquileres se encuentran en una situación completamente diferente a la que se acaba de mencionar.

 

En este tipo de alquileres, el propietario ya suele tener contratados los servicios de suministros, tales como el agua, la luz… pero también el internet. Esto normalmente se ofrece a los huéspedes para que puedan utilizarlo durante el tiempo que dure su estancia allí.

 

La factura resultante de este servicio, normalmente, corre por cuenta del propietario, ya que no sería lógico que el precio de ésta se divida entre todas las personas que llegan a pasar por esa vivienda a lo largo del año.

 

Se sobreentiende, que todos los gastos de servicios de suministros están ya incluidos en el precio final que el propietario cobra por el alquiler de esa vivienda.

 

Por tanto, digamos que es el propietario el que paga la factura de internet, sin cobrar un extra a parte a sus inquilinos por ello. Aún así, es importante destacar que éste no está obligado ni a tenerlo contratado en la vivienda, ni tampoco a ofrecérselo a sus inquilinos de forma gratuita.

 

Este hecho lo establece el artículo 20.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, donde dice que los propietarios no están obligados a pagar dicha factura, sea cual sea el tipo de alquiler.

 

¿Quién es el responsable de pagar el internet en una vivienda compartida?

En las casas alquiladas por habitaciones, es decir, viviendas compartidas con otras personas, el tiempo de duración de los contratos no suele exceder el año.

 

Aunque el contrato sea de una menor duración que los alquileres de larga estancia, sucede exactamente lo mismo, el pago de la factura no es responsabilidad de su propietario. En este tipo de viviendas también puede darse la situación de que tenga o no el servicio de internet contratado.

En caso de tenerlo contratado, lo único que deberán hacer los inquilinos será encargarse de pagarle al propietario el coste de la factura, en los términos y condiciones que hayan acordado en el contrato firmado. Todos pagarán exactamente la misma cantidad.

 

Si este servicio no estuviera contratado, los distintos inquilinos deberán ponerse de acuerdo para ver qué tarifa contratan, con qué compañía y cuánto dinero pueden o quieren pagar por ella. El precio de la misma se debería de dividir por partes iguales entre los distintos miembros que estuvieran haciendo uso de ese servicio.

 

 

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