Hay algunos aspectos fundamentales que prevé la normativa en Protección de Datos a los que debemos dedicar especial atención.

A continuación, procedemos a analizar, a grandes rasgos, las principales obligaciones y deberes que existen en materia de Protección de Datos:

  1. ¿Se trata de obligaciones únicamente dirigidas a las personas jurídicas?

Es común pensar que los deberes relacionados con la protección de datos personales son únicamente preceptivos para las empresas. Esto no es exactamente así, pues la misma Ley de Protección de Datos obliga a mantener su cumplimiento a todas las personas físicas (particulares o autónomos) y jurídicas que posean datos de carácter personal.

  • ¿Qué datos se consideran de carácter personal?

Se entiende que son «datos personales» cualquier tipo de información relativa a una persona física viva, identificada o identificable. En este sentido nos referimos a todos aquellos datos que permiten identificar a una determinada persona, como son el nombre y apellidos, dirección, teléfono, número de carnet de identidad, fecha de nacimiento, etc.

Los datos personales suelen agruparse en ficheros, que pueden ser automatizados o no en función de si se encuentran en soporte informático o físico. Funcionan como bases de datos encargadas de recoger de forma organizada todo este tipo de datos.

  • ¿Qué obligaciones concretas impone la ley?

Algunas de las principales obligaciones son:

  • Que los datos personales que se recojan sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y finalidad por el cual se han obtenido.
  • Que se de la correspondiente información siempre que se utilicen formularios u otros documentos que contengan datos personales (el tratamiento concreto del fichero, la obligatoriedad o no de responder a las preguntas planteadas y las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos, entre demás aspectos).
  • Que se preste de manera inequívoca el consentimiento del afectado frente al tratamiento de sus datos personales, salvo que la ley establezca lo contrario.  Dicho consentimiento podrá ser revocable siempre que exista una causa que lo justifique.
  • Que todo interviniente de cualquier fase del tratamiento de datos personales mantenga el debido secreto profesional respecto de los mismos.

4¿Qué sucede en caso de incumplimiento?

No olvidemos que estamos tratando con información sensible y que debemos ser extremadamente cuidadosos respetando la utilización de estos datos. Si no se siguen las mencionadas obligaciones, la normativa de protección de datos prevé sanciones que pueden oscilar desde los 600 hasta los 600.000 euros, en función del grado de incumplimiento y de datos tratados.

 

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